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Sucesiones y herencias · Colombia y Venezuela

La herencia de su familia,
en regla y sin peleas.

Le explicamos, en palabras sencillas, quién hereda, cuánto le corresponde, qué impuestos se pagan y cuál es el camino más rápido. Y nos encargamos de todo el trámite por usted.

  • 30+años de experiencia
  • ⚖️notaría o juez, según su caso
  • 2países: Colombia y Venezuela

¿Se identifica?

Cuando un ser querido fallece, aparecen estas preocupaciones

Toque las que está viviendo. Todas tienen solución legal.

En palabras sencillas

¿Qué es una sucesión y por qué no puede esperar?

La sucesión es el trámite legal para pasar los bienes de quien falleció a sus herederos. Sin ella, la ley considera que los bienes siguen siendo del fallecido.

🔒

Los bienes quedan “congelados”

No se pueden vender, hipotecar ni escriturar a los herederos hasta hacer la sucesión.

📈

Los costos siguen corriendo

Predial, valorización, servicios e intereses se acumulan mientras pasa el tiempo.

⏱

Se puede iniciar desde ya

No hay que esperar un tiempo después del fallecimiento para empezar.

⚖️

Hay plazos para reclamar

Quien fue excluido de una herencia tiene, en general, 10 años para reclamarla (art. 1326 del Código Civil).

Simuladores gratuitos

Calcule en minutos lo que necesita saber

Herramientas orientativas basadas en el Código Civil y el Estatuto Tributario. Sin registrarse.

Lo que dice la ley

¿Quién hereda cuando no hay testamento?

La ley fija un orden. Si hay personas en un orden, las del siguiente no heredan.

Antes de repartir la herencia

Si el fallecido estaba casado o tenía compañero(a) permanente, primero se liquida la sociedad conyugal o patrimonial: al cónyuge o compañero(a) le corresponde la mitad de los bienes adquiridos durante la unión (gananciales). Eso no es herencia: es suyo. Lo demás es lo que se hereda.

  1. 1

    Hijos

    Todos los hijos heredan por partes iguales: matrimoniales, extramatrimoniales y adoptivos. Si un hijo falleció, sus hijos (los nietos) ocupan su lugar. El cónyuge o compañero(a) puede tener derecho a la porción conyugal si carece de recursos.

    Código Civil, art. 1045 (Ley 29 de 1982)
  2. 2

    Padres y cónyuge o compañero(a)

    Si no hay hijos, heredan los padres (o ascendientes más cercanos) y el cónyuge o compañero(a) permanente, por partes iguales (por cabezas).

    Código Civil, art. 1046
  3. 3

    Cónyuge o compañero(a) y hermanos

    Si no hay hijos ni padres: la mitad para el cónyuge o compañero(a) y la otra mitad para los hermanos. Si falta uno de los dos, el otro hereda todo.

    Código Civil, art. 1047
  4. 4

    Sobrinos

    A falta de los anteriores, heredan los hijos de los hermanos.

    Código Civil, art. 1051
  5. 5

    ICBF

    Si no hay ninguno de los anteriores, hereda el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

    Código Civil, art. 1051

Con testamento, la persona puede disponer de una parte de sus bienes, respetando las asignaciones forzosas que la ley reserva a sus herederos (Código Civil, arts. 1226 y ss.).

Los caminos

Notaría, juez o binacional: elegimos el camino más rápido para usted

La más ágil
🏛️Decreto 902 de 1988

Sucesión en notaría

Cuando todos los herederos están de acuerdo y actúan por medio de abogado.

  • Suele ser la vía más rápida
  • Termina con escritura pública
  • Un solo abogado puede representar a todos
⚖️Código General del Proceso

Sucesión ante juez

Cuando no hay acuerdo, hay herederos que no aparecen o conflictos sobre los bienes.

  • El juez protege la parte de cada heredero
  • Inventarios, avalúos y partición
  • Se puede pasar a notaría si llegan a un acuerdo
🌎Frontera

Sucesión binacional

Cuando hay bienes o herederos en Colombia y en Venezuela.

  • Definimos qué ley aplica
  • Poderes y apostillas para ambos países
  • Herederos en el exterior sin viajar

Mitos y realidades

Lo que muchos creen… y lo que dice la ley

✗ Mito“Si no hago la sucesión, los bienes pasan solos a los hijos.”

✓ RealidadSin sucesión los bienes siguen a nombre del fallecido. Hay que hacerla para poder vender, escriturar o hipotecar.

✗ Mito“Los hijos de otra relación no heredan.”

✓ RealidadTodos los hijos heredan por partes iguales, sin importar si son del matrimonio o no (Ley 29 de 1982).

✗ Mito“En unión libre no le corresponde nada.”

✓ RealidadEl compañero(a) permanente tiene los mismos derechos hereditarios que el cónyuge (Sentencia C-238 de 2012), además de sus gananciales.

✗ Mito“El que vive en la casa se queda con ella.”

✓ RealidadVivir en el inmueble no da más derechos. La casa se reparte según la ley o el acuerdo de los herederos.

✗ Mito“Si hay deudas, heredo las deudas con mi dinero.”

✓ RealidadPuede aceptar la herencia con beneficio de inventario: responde por las deudas solo hasta el valor de lo que recibe (Código Civil, art. 1304).

✗ Mito“Si un heredero vive afuera, no se puede hacer.”

✓ RealidadPuede participar con un poder otorgado en el exterior, debidamente apostillado o ante el consulado.

Cómo lo hacemos

Su sucesión en 6 pasos claros

  1. 1

    Diagnóstico

    Revisamos bienes, deudas, herederos y si hay testamento.

  2. 2

    Documentos

    Le decimos qué conseguir y preparamos los poderes.

  3. 3

    Inventario y avalúo

    Relacionamos todos los bienes y deudas con su valor.

  4. 4

    Partición

    Proponemos un reparto justo y conforme a la ley.

  5. 5

    Radicación

    En notaría o juzgado, con publicación de edicto y aviso a la DIAN.

  6. 6

    Bienes a su nombre

    Escritura o sentencia registrada y los bienes a nombre de los herederos.

Prepárese

Documentos que suelen necesitarse

No se preocupe si le falta alguno: le ayudamos a conseguirlo.

👤 Personas
  • Registro civil de defunción
  • Registros civiles de nacimiento de los herederos
  • Registro de matrimonio o prueba de la unión marital
  • Cédulas de los herederos
  • Testamento, si existe
🏠 Bienes y deudas
  • Certificados de tradición y libertad
  • Recibo del impuesto predial (avalúo catastral)
  • Tarjetas de propiedad de vehículos
  • Extractos bancarios, CDT o acciones
  • Relación de deudas

Planee con tranquilidad

¿Quiere evitarle este proceso a su familia?

Un testamento bien hecho y una buena planeación patrimonial evitan conflictos, ahorran tiempo y dinero, y aseguran que su voluntad se cumpla dentro de lo que la ley permite.

Preguntas frecuentes

Resolvemos sus dudas sobre herencias

¿Tiene otra pregunta? Un abogado le responde por WhatsApp.

¿Cuánto tiempo hay para hacer la sucesión?
No hay un plazo para iniciarla, pero mientras no se haga los bienes quedan bloqueados y los costos se acumulan. Quien fue excluido tiene en general 10 años para reclamar su herencia.
¿Qué impuestos se pagan?
Lo heredado paga impuesto de ganancia ocasional (15%, Ley 2277 de 2022), con exenciones como parte del valor de la vivienda del fallecido. También hay derechos notariales y de registro, y el impuesto departamental de registro.
¿Puede hacerse si un heredero no quiere firmar?
Sí. Si no hay acuerdo, se tramita ante juez, donde se cita a todos los herederos y el juez decide.
¿Qué pasa si un heredero vive en el exterior?
Puede otorgar un poder ante el consulado o ante notario de su país, con apostilla, y participar sin viajar.
¿El compañero(a) permanente hereda?
Sí, en igualdad con el cónyuge (Sentencia C-238 de 2012). Además, tiene derecho a la mitad de los bienes adquiridos durante la unión (gananciales), si se declara la unión y la sociedad patrimonial.
¿Los nietos heredan?
Sí, cuando su padre o madre (hijo del fallecido) ya murió: ocupan su lugar por “representación”.
¿Qué pasa con las deudas del fallecido?
Se pagan con los bienes de la herencia. Si acepta con beneficio de inventario, solo responde hasta el valor de lo que recibe.
¿Se puede vender un bien antes de terminar la sucesión?
En general no: primero debe quedar a nombre de los herederos. Lo que sí se puede es ceder los derechos herenciales mediante escritura pública.
¿Y si hay bienes en Venezuela?
Se define qué ley aplica —en principio la del último domicilio del fallecido— y se coordinan los trámites en cada país según dónde estén los bienes.
¿Cuánto cuesta?
Depende de los bienes, del número de herederos y de la vía. Después de revisar su caso le entregamos por escrito los honorarios, los gastos estimados y el plan de pagos.

Dé el primer paso

Reciba información sobre su sucesión hoy mismo.

Déjenos sus datos y continúe por WhatsApp con un abogado. Le diremos qué camino tiene su caso, qué documentos necesita y cuánto cuesta. Sin compromiso.

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